La Dirección Provincial de Rentas reglamentó el Decreto Acuerdo Nº 2980-HF-2025, que establece un régimen excepcional y transitorio de alivio fiscal dispuesto por el Gobierno de Jujuy. El paquete de medidas busca potenciar y reactivar actividades productivas clave mediante reducciones impositivas.
Entre los beneficios se destaca la disminución del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos. En particular, se reduce un 50% la alícuota de Ingresos Brutos para actividades como los servicios de apoyo agrícola y ganadero, el transporte automotor de pasajeros (urbano, suburbano e interurbano dentro de la provincia), la construcción de viviendas y los servicios minoristas de agencias de viaje. En el caso de hoteles, hosterías y residenciales similares, la reducción será del 25%.
También se excluye del régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por traslado de mercaderías a quienes adquieran materias primas o insumos destinados a procesos productivos dentro del territorio provincial.
Respecto del Impuesto de Sellos, los contratos de alquiler de vivienda celebrados a partir del 1° de mayo quedarán exentos, mientras que los contratos comerciales gozarán de una reducción del 50% en la alícuota.
Para facilitar el acceso a estos beneficios, Rentas implementó un procedimiento web ágil al que los contribuyentes podrán ingresar con clave fiscal a través del sitio oficial www.rentasjujuy.gob.ar.
Más información está disponible en el portal de Rentas, en el apartado “Información útil / Tutoriales / Folletos web”, o bien comunicándose al 0800 555 5599.

